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Garantiza INE permiso de paternidad y por adopción a su personal

por | Jun 21, 2023

EL Consejo General del INE, aprobó las modificaciones al Estatuto del Servicio Profesional Electoral, para garantizar permisos de paternidad y adopción


El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE). aprobó las modificaciones del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN), y del personal de la Rama Administrativa, en lo relativo al reingreso y a la reincorporación como vías de ocupación de plazas vacantes del SPEN y en acatamiento a la resolución emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dictada en el expediente SUP- JLI-30/2022, como propuesta de la Junta General Ejecutiva.

Entre estas modificaciones destaca la del Artículo 54 del Estatuto, el cual establece que los ahora padres puedan solicitar un permiso con goce de sueldo por más de 50 días, para que compartan con su recién nacido.

«El personal masculino del Instituto, con motivo del nacimiento de jun hijo, tendrá derecho a un permiso de paternidad, el cual consistirá en un periodo de noventa días naturales con goce de sueldo, posteriores al nacimiento del menor, el cual se otorgará ante la solicitud que se presente dentro de los quince días antes y hasta quince días después del parto.

Para ello deberá exhibir una copia del certificado de alumbramiento o copia certificada del acta de nacimiento correspondiente al término de la licencia, así como demás documentos para tal efecto»

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Del mismo modo se actualizó el Artículo 55 del estatuto, el cual dicta que en caso de que algún trabajador haya decidido adoptar a un infante, este podrá solicitar un permiso igual que el permiso dado por nacimiento de un hijo, por 90 días con goce de sueldo.

«El personal del Instituto tendrá derecho a un permiso por adopción, cuando adopte a un menor de edad, dicho permiso será concedido por un periodo de noventa días con goce de sueldo, posteriores, al día en que el solicitante reciba al menor de edad adoptado, Para tal efecto se deberá informar a la Dirección Ejecutiva de Administración y presentar la documentación legal que acredite los trámites de adopción»

Boletín del INE
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