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Se activa contingencia ambiental en el Valle de México

por | May 2, 2022

A través de un comunicado, la Comisión Ambiental de la Megalópolis informó que a las 17:00 horas del día de hoy, 2 de mayo, se registraron concentraciones máximas de ozono que superaron los 155 ppb en las estaciones de monitoreo Benito Juárez (169 ppb) , CCA-UNAM (169 ppb), Santa Fe (165 ppb), Pedregal (166 ppb), Iztacalco (156 ppb) y UAM-Iztapalapa (155 ppb) ubicada en las Alcaldías Benito Juárez, Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Álvaro Obregón, Iztacalco e Iztapalapa  de la Ciudad de México, respectivamente.

Lo anterior, debido a la influencia de un sistema de alta presión sobre los estados del centro del país, el cual se fortaleció durante el día e incrementó la estabilidad atmosférica en el Valle de México, que se combinó con alta radiación solar, viento débil y variable que favoreció la formación y poca dispersión del ozono.

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En este sentido y con fundamento en los Programas para Prevenir y Responder a Contingencias Ambientales Atmosféricas que aplican en la Zona Metropolitana del Valle de México, la Comisión Ambiental de la Megalópolis activará la fase 1 de contingencia ambiental por ozono, y con ello, disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud; así como para reducir la generación de contaminantes y la probabilidad de volver a alcanzar altas concentraciones de ozono el día de mañana:

Medidas y recomendaciones para la población

Protección a la salud

  • Evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como evitar hacer ejercicio al aire libre entre las 13:00 y 19:00 horas.
  • Suspender cualquier actividad al aire libre organizada por instituciones públicas o privadas, en horario comprendido entre las 13:00 y las 19:00 horas.
  • Se recomienda posponer los eventos al aire libre, deportivos, culturales o espectáculos masivos, programados entre las 13:00 y las 19:00 horas.
  • Se recomienda no fumar, especialmente en espacios cerrados.
  • Mantenerse informados sobre la calidad del aire con la App “Aire”, en el sitio web www.aire.cdmx.gob.mx, en twitter @Aire_CDMX o al teléfono 5552789931 ext. 1.

Para la reducción de emisiones se recomienda:

  • Facilitar y continuar el trabajo a distancia para reducir viajes y realizar compras y trámites en línea para reducir viajes.
  • Evitar el uso de aromatizantes, aerosoles, pinturas, impermeabilizantes o productos que contengan solventes.
  • Recargar gasolina después de las 18:00 horas y antes de las 10:00 horas; no cargar más combustible después de que se libere el seguro de la pistola de llenado.
  • Revisar y reparar fugas en instalaciones de gas doméstico.
  • Reducir el uso de combustibles en casa acortando el tiempo de ducha a un máximo de cinco minutos y al cocinar, utilizar recipientes con tapa.

También habrá restricciones a la circulación en el Sector Transporte con las siguientes acciones:

  • a) Mañana martes 3 de mayo, deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
  • b) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • c) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 5, 7, 8 y 9 así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
  • d) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado rosa, terminación de placa 7 y 8.
  • e) Los vehículos de uso particular con matrícula foránea que no porten holograma de verificación vehicular, serán considerados como holograma Dos.
  • f) Las unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques) cuya terminación de matrícula sea NON.
  • g) Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o Edoméx.
  • h) Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Exenciones

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” cualquiera que sea su uso, con excepción de los vehículos con engomado color rosa, terminación de placa 7 y 8.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación por la COVID-19 y que porten folio de cita).
  • Vehículos de uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector salud en todas sus especialidades, paramédica y administrativa con credencial vigente.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que formen parte del Programa Paisano y porten la autorización correspondiente.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
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