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SCJN declara constitucional Ley de la Industria Eléctrica

por | Abr 7, 2022

La Suprema Corte determinó que la Ley de la Industria Eléctrica es constitucional, ya que no interfiere con tratados internacionales ni con el desarrollo del medio ambiente, de igual manera desechó las controversias y acciones de inconstitucionalidad tramitadas en contra de dicha ley.


Durante el debate, se determinó que tampoco vulnera el derecho al medio ambiente ni genera desequilibrio en el sector eléctrico en perjuicio de las empresas privadas ni de los usuarios finales.

SCJN

La Ley de la Industria Eléctrica es constitucional, así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) este jueves 7 de abril.

La discusión de dicha ley se pospuso el pasado 5 de abril, pero se advirtió que se retomaría dos días después, por lo que en la sesión del pleno de la SCJN se avaló su constitucionalidad y se puntualizó que no vulnera tratados internacionales.

En la sesión, que se alargó por seis horas, se discutió el proyecto de la ministra Loretta Ortiz referente a la acción de inconstitucionalidad, tramitada por senadores de oposición en contra de la Ley de la Industria Eléctrica promulgada en marzo de 2021.

“Ninguno de los artículos impugnados impide el proceso de competencia en la generación y comercialización de energía eléctrica ni limita el acceso de agentes económicos a éste, y tampoco elimina o prohíbe acciones en perjuicio de los participantes del mercado, quienes se encuentran en un plano de igualdad”, señaló la ministra Ortiz en su intervención.

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De acuerdo con la información difundida con anterioridad, la reforma del Poder Legislativo daba prioridad a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) para la producción y comercialización de energía eléctrica por encima de la producción de la iniciativa privada, por lo que fue impugnada por considerarse violatoria de la libre competencia establecida en la Constitución.

La cuestión anterior fue propuesta para declararse inválida, pero al tener sólo siete votos de los ocho necesarios, los ministros de la Suprema Corte decidieron dejarla intacta, mientras que en el resto de los apartados se declaró que la Ley de la Industria Eléctrica no vulnera los tratados internacionales en los cuales tiene participación México, entre ellos, el Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC).

Aunado a lo anterior, también se estableció que el otorgamiento de Certificado de Energía Limpia no dependerá de si la empresa es propietaria de la planta productora ni de la fecha de operación.

Con relación al mismo caso, los ministros avalaron los supuestos de revocación de permisos y la revocación de contratos con empresas privadas productoras de energía, al igual que los criterios de planeación del Sistema Eléctrico Nacional que emite la Secretaría de Energía, pues no se considera que invadan la autonomía de la Comisión Reguladora de Energía (CRE).

A.M.

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