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PROFECO podrá ser intermediaria entre consumidores y proveedores

por | Dic 29, 2021

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció los preceptos que permiten a la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) tramitar y resolver procedimientos de conciliación entre consumidores y proveedores de bienes o servicios.


La SCJN permitió a la PROFECO, en su carácter de autoridad administrativa, crear un título ejecutivo mientras no transgreda el principio de seguridad jurídica. Con base en los artículos 114, 114 BIS y 114 TER la procuraduría puede ser un medio alternativo para la solución de las diferencias suscitadas entre consumidores y proveedores.

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Si tramitado el procedimiento respectivo, las partes involucradas no llegan a un acuerdo, la PROFECO tiene la facultad para emitir el acuerdo de trámite que contenga el dictamen con carácter de título ejecutivo, siempre y cuando lo incumplido sea cierto a juicio de la autoridad judicial.

El órgano jurisdiccional será el que verifique sí se reúnen los requisitos necesarios para considerar al documento como título ejecutivo porque solamente si se determina el crédito, el incumplimiento y los requisitos esenciales del título ejecutivo, puede procederse a la ejecución en lo referido.

VFJV

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