Después de que Banco Azteca anunciara que está trabajando para garantizar el uso de las criptomonedas, las autoridades financieras del país advirtieron los riesgos asociados al uso de activos virtuales.
- Los activos virtuales no son una moneda legal en México.
- Las autoridades financieras reiteran las advertencias emitidas en 2014, 2017 y 2019 sobre los riesgos del uso de los activos virtuales como medio de cambio, depósito de valor o como otra forma de inversión.
- Las instituciones financieras del país no están autorizadas a realizar y ofrecer al público operaciones con activos virtuales, tales como Bitcoin, Ehter, XRP y otros con el fin de mantener una sana distancia entre estos y el sistema financiero.
- Quienes emitan u ofrezcan dichos instrumentos serán sancionados.
Después de que Banco Azteca anunciara que está trabajando para garantizar el uso de las criptomonedas, las autoridades financieras del país mencionaron que México no ha autorizado el servicio del manejo de saldos a través de criptomonedas.
Asimismo, mencionaron que las instituciones financieras que realicen y ofrezcan operaciones con activos virtuales como: Bitcoin, Ehter, XRP y otros, serán sancionados de acuerdo la normativa.
¿Qué son los activos virtuales?
Los activos virtuales o criptoctivos son mecanismos de almacenamiento e intercambio de información electrónica. Estos no tienen valor intrínseco y sus características tecnológicas pueden tener usos futuros diversos que pueden determinar su valor.
Por ello, suelen ser activos con un valor muy volátil y son considerados especulativos. Si bien pueden ser intercambiados, no cumplen con las funciones del dinero, pues su aceptación como medio de pago es limitada y no son una buena reserva ni referente del valor.
Ante esto, el Banco de México señaló que otorgará su previa autorización a las instituciones interesadas en realizar dichas operaciones, mencionó que las instituciones referidas solamente podrán realizar operaciones con activos virtuales que correspondan a aquellas actividades realizadas internamente para llevar a cabo las operaciones y servicios que dichas instituciones celebren con sus clientes, o que ellas mismas realicen por cuenta propia. Esto incluye las actividades realizadas para soportar las transferencias internacionales de fondos que lleven a cabo.
Finalmente, las autoridades mencionaron que, en caso de usar activos virtuales, deberá contar con la autorización de la ley que permita la captación correspondiente, así como la autorización del Banco de México. De igual forma, las autoridades financieras nacionales seguirán trabajando en la evolución de los activos virtuales.
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AC.