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SCJN analiza requisitos para ser Comisario en Guerrero

por | Ago 17, 2021

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal Pleno invalidó la fracción VI del artículo 12 de la Ley Número 652, para la Elección de Comisarías Municipales del Estado de Guerrero.

En dicha ley exigía como requisito para ocupar el cargo de comisaria o comisario el no haber sido condenada o condenado por delito intencional. El Pleno determinó que dicho requisito violaba el derecho de igualdad y no discriminación prevista en el artículo 1° de la Constitución General, pues excluía genéricamente a cualquier persona condenada por la comisión de un delito intencional, aun cuando ello no se relacionara directamente con la función a desempeñar.

Sin embargo, a partir de un juicio de razonabilidad, la SCJN destacó que el precepto no tenía una relación directa, clara e indefectible para el necesario cumplimiento del fin constitucionalmente válido de crear un filtro estricto de acceso a un cargo público, ya que no existe una base objetiva para determinar que una persona sin ese tipo de condena penal ejercerá sus actividades de comisario municipal con rectitud, probidad y honorabilidad.

Finalmente, en vía de consecuencia y para salvaguardar la total eficacia del fallo, el Pleno invalidó por extensión el artículo 200, fracción V, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero, que imponía como requisito para ser comisario municipal el “No haber sido condenado por delito intencional.”

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