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DE IMPUESTOS Y OTRAS COSAS

David García

David García

David GarcíaAbogado por la Universidad Iberoamericana. Socio de Chevez Abogados. Su práctica se ha enfocado en consultoría y litigio en materia fiscal y seguridad social.

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El gran ausente de la Reforma Fiscal 2021

La iniciativa presentada por el Presidente de la República, a través de la cual se pretende reformar diversas leyes fiscales, viene a dar mayores herramientas a las autoridades en cuanto a la fiscalización, es decir, el gobierno busca poner mano dura sobre los contribuyentes cautivos y sobre todo a los contribuyentes que ya tiene a su alcance. Ejemplo claro son los pagos millonarios por concepto de diferencias en el pago de contribuciones que han realizado grandes empresas, los cuales han sido dados a conocer en las conferencias diarias que da el titular del Ejecutivo Federal y en diversos medios de comunicación.

Entre las modificaciones que forman parte de la iniciativa en comento, se proponen que las autoridades fiscales cuenten con facultades para que en el ejercicio de sus facultades de comprobación puedan utilizar herramientas tecnológicas (cámaras fotográficas y de video, grabadoras, teléfonos celulares, entre otros) que permitan recabar imágenes o material que sirva como constancia de los bienes y activos de los contribuyentes.

De igual forma, se propone que a través del buzón tributario se lleve a cabo la notificación de “mensajes de interés”, los cuales pueden ser, entre otros actos, invitaciones a programas referentes a regularizar la situación fiscal del contribuyente, así como información para el cumplimiento de obligaciones fiscales.

Lo anterior, adicional a diversas reformas al Código Fiscal de la Federación, la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado y la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios que, sin lugar a dudas, buscan incrementar la recaudación tributaria.

No obstante, sigue habiendo un gran ausente en esta iniciativa de reforma, el cual no ha sido tomado en cuenta ni por la actual administración, ni por las anteriores. Se trata del gran volumen de personas que no contribuyen al erario federal y se encuentran en la “economía informal”.

De acuerdo a lo señalado por el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO)[1], la economía informal se caracteriza por tener condiciones vulnerables para los trabajadores: falta de contratos laborales, prestaciones, seguridad social, y mayor probabilidad de despidos injustificados.

Esta informalidad tiene un efecto negativo en la recaudación fiscal, ya que de acuerdo a lo señalado en el estudio “Impacto Fiscal de la Economía Informal en México”[2], realizado en 2018 por el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, se estima que de formalizarse las labores del sector informal, el potencial recaudatorio para la Hacienda Pública Federal sería de 427 millones de pesos al año.

Para 2021, el Ejecutivo Federal prevé  una proyección de ingresos tributarios equivalente a 3.5 billones de pesos, lo que representa más de 100 mil millones de pesos comparado con lo establecido para 2020, siendo claro que se debe incrementar la fiscalización por parte de las autoridades.

Así, considerando el potencial recaudatorio estimado por la formalización de las labores del sector informal, es claro que se fortalecería la recaudación, lo cual implicaría, en teoría, una mayor redistribución de ingresos que ayudarían a reducir la desigualdad.

No obstante, la iniciativa presentada por el Presidente no refleja ningún esfuerzo por encaminar a estos no pagadores de impuestos a que se incluyan en la base de contribuyentes.

Así, como lo mencionamos al principio, el Gobierno Federal sigue insistiendo en fiscalizar con mayor rigor a aquellos que ya se encuentran inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes, sea que se encuentren o no al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.


[1] http://imco.org.mx/pub_indices/wp-content/uploads/2019/11/ICI2019IMCO-cap8.pdf

[2] https://www.cefp.gob.mx/transp/CEFP-70-41-C-Estudio0011-300718.pdf

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