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Los intereses político-electorales se podrían imponer a los criterios jurídico-constitucionales

por | Abr 6, 2021


No cabe duda que el escenario de impunidad y violación a los ordenamientos jurídico-electorales y a los principios constitucionales, será el rasgo que caracterice el polémico proceso electoral 2021 en México.
Bajo la premisa de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la federación aceptó a trámite los dos recursos de que queja promovidos por el hoy senador con licencia y candidato sin registro Félix Salgado Macedonio y el Partido MORENA, recursos legales donde se formulan una serie de apelaciones en contra del acuerdo emitido por el pleno del Instituto Nacional Electoral (INE) donde se resolvió retirar el registro de la candidatura de Félix Salgado Macedonio al  al gobierno del estado de Guerrero
Es fundamental mencionar que los dos recursos formulados el  pasado 30 de marzo, se imputa la ilegalidad e improcedencia del acuerdo emitido por el Instituto Nacional Electoral, número INE/CG327/2021, mediante el cual se canceló el registro de la candidatura a Salgado Macedonio, impugnaciones electorales que  quedaron registradas bajo los números de  expediente: SUP-RAP-75/2021 y SUP-JDC-416/2021, mismos que se resolvió la acumulación de juicios y fueron turnados a la ponencia del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón,  quien estará al cargo de la elaboración del proyecto de sentencia que tendrá que ser  votado en el Pleno de la Sala Superior del TEPJF a más tardar la primera quincena del mes de abril, a pesar de que no existe plazo perentorio , pero existe interés político-electoral para que se resuelva lo antes posible y en su caso se restituya en el ejercicio de los derechos político electorales a Félix Salgado Macedonio.
Es de vital importancia aclarar que el INE , resolvió la cancelación del registro del polémico candidato morenista porque no presentó su informe de gastos de precampaña dentro de los plazos previstos en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; ordenamiento jurídico que regula el cumplimiento de las obligaciones político-electorales de todos los precandidatos y candidatos registrados; ya que en caso de presentarse el incumplimiento de las mencionadas obligaciones como  la de no presentar  su informe de ingresos y gastos de precampaña dentro del periodo establecido, no podrá ser registrado legalmente como candidato”, como lo señala  el artículo 229 de la LGIPE citado por el INE en su resolución.
Desafortunadamente para  los mexicanos y para las instituciones el estado de derecho está sometido a los antecedentes y compromisos políticos que muy probablemente se impongan a los criterios jurídico-constitucionales y restituyan a Félix  Salgado Macedonio en el ejercicio de sus derechos políticos y electorales como candidato con registro al gobierno de Guerrero.
 Para el pueblo de México es indispensable que contar con instituciones fuertes que garanticen el ejercicio de los derechos políticos y electorales, pero igual forma,  se requiere que las autoridades electorales actúen en el  ejercicio de sus atribuciones y facultades bajo los principios de libertad, autonomía e independencia institucional, sin que el fantasma de la impunidad y la corrupción ponga en evidencia su autoridad,  credibilidad y confianza.
 

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