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En la antesala del proceso electoral, ¿se hace uso faccioso de las instituciones o persecución política al estilo de la 4T?

por | Feb 26, 2021

La oportunidad electoral de la acción persecutoria de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y la Fiscalía General de la República (FGR), la solicitud de desafuero promovida en términos de la fracción V del artículo 74 constitucional, solicitando el  juicio de procedencia ante la Cámara de Diputados con la finalidad de que se declare procedente el juicio político  (desafuero constitucional) de Francisco Javier García Cabeza de Baca, Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas, sin embargo, no debemos olvidar que de acuerdo con el artículo 111 constitucional para poder proceder penalmente por delitos federales contra los Gobernadores  de las entidades federativas, solo procede por la comisión de delitos debidamente acreditados;  por lo tanto en términos del artículo 74 fracc. V, la Cámara de Diputados tendrá a su disposición las pruebas correspondientes que se hayan ofrecido en contra del gobernante acusado, de acuerdo con el artículo 110 Constitucional y en su momento se constituya como órgano de acusación en el juicio político en contra del imputado.

Es fundamental mencionar que antes de  emitir una declaratoria de procedencia, se debe contar con la  mayoría absoluta de los diputados presentes en la sesión,  con la finalidad de valorar y en su caso determinar si se procede en contra del acusado, considerando que  la declaración de procedencia por parte de la Cámara de Diputados, tendrá como objetivo notificar al Congreso Estatal (Legislatura Local  de Tamaulipas) para que en ejercicio de sus atribuciones constitucionales procedan como corresponda; considerando que las sanciones consistirán en la destitución inmediata del representante popular, funcionario público o Gobernante y en su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público.

Es de vital importancia aclarar que la Cámara de Diputados, notificará la acusación respectiva a la Cámara de Senadores para que en su momento se analicen los hechos e imputaciones formulados en la denuncia y se emita la resolución correspondiente, respetando los requisitos constitucionales, ya que se requiere la mayoría absoluta del número de los Senadores presentes en la sesión de la Cámara de Senadores, respetando los D.D. H.H., los principios constitucionales, como la garantía de audiencia, derecho a la defensa y el principio de presunción de inocencia, por lo tanto hay que considerar que, una vez que tiene conocimiento sobre  los hechos que se le imputan al Gobernante, el Senado de la República, se erigirá en Jurado de sentencia y aplicará la sanción correspondiente mediante una resolución definitiva.

Por lo tanto, en consideración a la mayoría parlamentaria de MORENA en la Cámara de Diputados, seguramente emitirán la declaratoria de procedencia y el Senado de la República, se dictará la resolución correspondiente; ya que en términos del artículo 110 constitucional, la declaratoria de procedencia y la resolución del Senado, son inapelables e irrecurribles, es decir no admiten recurso alguno para modificar o revocar el sentido de su determinación.

Los mexicanos, vivimos una profunda crisis de confianza en materia de procuración de justicia, ya que el trabajo un organismo constitucional autónomo como el de la Fiscalía General de la República (FGJ), que teoría goza de autonomía e independencia, se ha convertido en un instrumento al servicio de los interés político-electorales del gobierno de la 4T, y como instrumento para ejercer una estrategia más vinculada a la persecución política que a la procuración de justicia.

No debemos olvidar que los delitos que han denunciado la UIF y la FGR, presuntamente vinculan al Gobernador de Tamaulipas en la comisión de diversas conductas calificadas como delincuencia organizada al triangular 42 millones de pesos con una empresa sospechosa para el gobierno de E.E.U.U., por un presunto enriquecimiento ilícito por casi mil millones pesos, operaciones con recursos de procedencia ilícita (lavado de dinero) y defraudación fiscal equiparada.

No es extraño que pensar que las denuncias presentadas en contra de un personaje incómodo para los intereses político-electorales de MORENA, se pretendan consolidar con un manejo mediático que afecte la credibilidad, reputación y confianza electoral del Gobernador Panista.

En la antesala de la jornada electoral del próximo 6 de junio, las cuentas y los pronósticos ya no son tan  aplastantes como en el 2018 con el fenómeno AMLO, ya que los desafortunados resultados en materia económica, las alarmantes cifras en materia de salud, el pésimo manejo de la Pandemia por Cobid-19, y las ocurrencias o venganzas personales que se traducen en políticas públicas, que causarán graves perjuicios a la economía nacional, provocando importantes daños a la inversión de capital privado nacional y extranjero en materia energética que podría generar mayor incertidumbre en los inversionistas y desconfianza en las agencias calificadoras que podrían retirar el grado de inversión a nuestro país, sin mencionar la violación a los tratados  internacionales que podrían ser un factor para que nuestro país incurra en un grave incumplimiento en materia medio ambiental; ya que se violarían los acuerdos de París y diversos tratados internacionales de los que México es parte.

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