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No te pagaron el aguinaldo, esto es lo que debes hacer

por | Dic 24, 2022

No te pagaron el aguinaldo, es obligación del empleador pagarlo antes del 20 de diciembre

Ya es 24 de Diciembre y si no has recibido tu aguinaldo debes saber que todo empleador tiene la obligación de pagarlo antes del 20 de Diciembre, sin excusa ni excepción.

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo dice : «Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de
salario, por lo menos.
Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.

Asimismo el Artículo 42 Bis dice que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que estará comprendido en
el Presupuesto de Egresos, el cual deberá pagarse en un 50% antes del 15 de diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de enero, y que será equivalente a 40 días del salario, cuando menos, sin deducción alguna. El Ejecutivo Federal dictará las normas conducentes para fijar las proporciones y el procedimiento para los pagos en caso de que el trabajador hubiere prestado sus servicios menos de un año.

Aguinaldo
Aguinaldo

¿Cuál es la defensa?

Los conflictos en materia laboral pueden ser manejados internamente con el patrón, recursos humanos o el departamento legal, sin embargo cuando no se obtiene solución se puede acudir a procedimientos administrativos conciliatorios o procedimientos laborales es decir juicios.

Estos procedimientos deberán desahogarse ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) o ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

Al iniciar tu demanda deberás tomar en cuenta que debes acreditar tu relación laboral con el patrón mediante un contrato, credencial de empleado o a través de nómina.

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L.E.R.R

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