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TEPJF aprueba solicitud de coalición «Va por México»

por | Ene 27, 2021

Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) en el acuerdo INE/CG20/2021, por el cual aprobó la solicitud de registro correspondiente al convenio de la coalición parcial Va por México (PRI, PAN y PRD) para postular 166 fórmulas de candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa, en el proceso electoral federal 2020-2021.

El 23 de diciembre de 2020, los representantes propietarios del PAN, PRI y PRD ante el Consejo General presentaron un escrito al INE por medio del cual solicitaron el registro del convenio de coalición parcial para postular fórmulas de candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa, aportando la documentación respectiva para su aprobación.

En sesión pública por videoconferencia, la y los magistrados de la Sala Superior coincidieron en que el INE fundó y motivó debidamente su resolución conforme a las normas aplicables a la formación de coaliciones. Además, consideraron que no se genera una confusión en el electorado, pues de un análisis de las denominaciones, los emblemas y las circunstancias del caso concreto, se concluye que existen suficientes elementos para diferenciar al partido Fuerza por México de la coalición parcial Va por México.

Al analizar los elementos, la Sala Superior consideró que los tres partidos que integran la coalición entregaron la documentación necesaria que comprueba que sus órganos internos avalaron ir juntos en la elección para integrar la Cámara de Diputados.

Se concluyó que, aunque es cierto que en las denominaciones del partido político Fuerza por México y la coalición parcial Va por México se incluyen elementos comunes, concretamente las palabras “por” y “México”, esos elementos son totalmente insuficientes para generar, de forma razonable, alguna confusión.

Lo anterior, teniendo en cuenta el resto de los elementos tanto gráficos como fonéticos, y el contexto general, así como las reglas de propaganda y de votación, se concluye que no se genera la confusión que alega el partido.

(Comunicado de tribunal)

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