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Suprema Corte aprueba revocar prisión preventiva oficiosa

por | Feb 9, 2022

Con 4 votos a favor y uno en contra fue aprobado el proyecto 315/2021 en la sesión del 9 de febrero de la SCJN.


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó el miércoles 9 de febrero un proyecto que permite revocar la prisión preventiva oficiosa después de dos años sin sentencia, aun cuando se trate de delitos graves; esto después de que en la sesión del pasado 22 de enero no fuera acreditada.

La SCJN otorgó el amparo en Revisión 315/2021 de la Primera Sala, con cuatro votos a favor y uno en contra. Por lo que ahora el criterio obligará a todos los jueces del país a revisar la medida de prisión preventiva, cuando el acusado cumpla dos años internado sin que se le dicte sentencia.

Neftalí Sandoval, titular del Instituto Federal de Defensoría Pública, mencionó que la resolución aprobada no significa la liberación en automático a un criminal, “sino un límite racional a la prisión preventiva oficiosa”.

Sin embargo, la Organización No Gubernamental (ONG) Alto al Secuestro, clasificó previó a la resolución, como “riesgoso” la liberación de un acusado de cometer un delito tras dos años sin sentencia y en prisión preventiva oficiosa.

La organización mencionó que la liberación del acusado “implica un gran riesgo para las víctimas y para la sociedad en general” ya que el proyecto dicta que el juez “no estará obligado a tomar en consideración el riesgo de comisión de nuevos delitos por la persona sujeta a proceso, ni las conductas ilícitas previas o el riesgo para la sociedad y las víctimas del delito”. Además de asegurar que, si se deja al delincuente en libertad por esta vía, lo ayudaría a evadirse de la justicia y continuar cometiendo conductas delictivas.

Por ello la ONG considera, que este proyecto ayudará a que, acusados de violación, feminicidio, homicidio o cualquier delito regresen a las calles, con tan solo dos años de prisión sin sentencia, a pesar de tener elementos que acrediten la responsabilidad del delito. Así pues, el proyecto hace hincapié que los jueces deberán tener en cuenta la complejidad del asunto y la extensión de las investigaciones. Sin embargo, podrá ser revocado si el procesado y su defensa demuestren que el asunto no es complejo.

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GCR

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