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SICT implementa medidas preventivas en transportes

por | Dic 20, 2021

Debido al aumento de transportes en carreteras por periodo vacacional, SICT implementó medidas preventivas para seguridad de los ciudadanos


Las vacaciones decembrinas están próximas, por lo que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) ha puesto en vigor medidas de prevención para la circulación en carreteras.

En tanto, durante todo el invierno, las medidas serán aplicables para autotransporte federal y privado de carga especializada con objetos indivisibles de gran peso y/o volumen y grúas industriales que recorran caminos y puentes de jurisdicción federal.

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“Las medidas preventivas tienen como propósito limitar la circulación de las grúas industriales y los equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen, a fin de fomentar la seguridad de los vacacionistas que en dicho periodo circulan en los caminos y puentes de jurisdicción federal”, recalcó la DGAF.

Se iniciarán durante el periodo vacacional, el cual comenzó el 17 de diciembre de 2021 y terminará el 2 de enero de 2022.

De acuerdo con el numeral 5.6 de la NOM-040-SCT-2-2012 vigente, los horarios operación serán de las 00:00 horas del 17 de diciembre de 2021 hasta las 23:59 horas del 2 de enero de 2021.

Mientras que, las grúas industriales y los equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen que cuenten con el permiso especial de la SICT, podrán transitar en el período antes señalado como sigue:

I)    El 20, 21, 22, 27, 28 y 29 de diciembre de 2021 de conformidad con lo que señalan los numerales 5.5.1 y 5.5.2 de la NOM-040-SCT-2-2012, esto es:

a)    Cuando circulen por caminos tipo ET4, A4, B4 de las 00:00 horas a las 23:59 horas.

b)    Cuando circulen por caminos ET2, A2, B2, C o D: de 6:00 a 18:30 horas y en horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas y de 18:30 a 23:59 horas condicionado a que circulen con dos carros piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera.

II)    18, 23 y 30 de diciembre de 2021 para cualquier tipo de camino de las 6:00 a las 14:00 horas de conformidad con lo señalado en los numerales 5.5.1.1 y 5.5.2.1 de la NOM-040-SCT-2-2012.

III)    Los días 17, 19, 24, 25, 26 y 31 de diciembre de 2021, así como el 1 y 2 de enero de 2022, deberán suspender totalmente su tránsito.

Foto: @SCT_mx

El objetivo es que las personas que recorren caminos y puentes federales, salvaguarden su integridad física dado el incremento de autotransportes por vacaciones decembrinas y vacacionistas destinado a lugares turísticos.

WGGB

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