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INAI: Semar debe entregar contrato de adquisición

por | Sep 18, 2021

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), señaló que la Secretaría de Marina (Semar), deberá dar a conocer una versión pública del contrato para la adquisición del sistema aéreo no tripulado “Arcturus T-20”, con la empresa Arcturus UAV LLC.

Dicha adquisición fue con el objetivo de contribuir a la recuperación de la población de la Vaquita Marina, además de contribuir a las actividades contra la pesca furtiva que se lleva a cabo del Alto Golfo de California.

El Comisionado Francisco Javier Acuña mencionó que la información es de interés general ya que, está relacionada con algunas inversiones del Estado, las cuales van dirigidas al tema ambiental.

 “En este país en los últimos tres años se ha señalado que todas las adquisiciones del pasado se realizaron con algún tipo de vicio o falta de probidad, por ello (…) es importantísima la clarificación, cada vez que se pueda, hasta donde aguante la liga, estirar lo más posible”, enfatizó.

Sin embargo, la Secretaría indicó que la información se encuentra clasificada como reservada, dado que puede comprometer la seguridad nacional, la vida, seguridad o salud de personas físicas. 

Ante la solución otorgada por el organismo, se presentó un recurso de revisión en el que se manifestó que la Semar negó lo requerido, incluyendo así el acceso a las versiones públicas.

Ante esto, el Comisionado Acuña Llamas, realizó un requerimiento de información adicional, donde señaló que el documento debe tener el objetivo de la adquisición de un sistema aéreo No tripulado ARCTURUS T-20 y JUMP.

“Hicimos un requerimiento de información y verificamos que el personal que suscribió el contrato por parte de la Marina cumplía funciones administrativas, no operativas, no son de los que pueden ser montados en una lancha con un fusil para ir a realizar un operativo, que los pueda poner en riesgo, en términos de lo que ahora también la Marina hace, que tiene que ver con las actividades que realizan de vigilancia y de participación en las tareas de seguridad pública”, indicó

Con la información, el pleno del INAI determinó que la clasificación invocada por la Semar no puede ampliarse a la totalidad del documento requerido, sino a datos específicos como la nacionalidad y domicilio de las personas físicas: socios o accionistas; el porcentaje de acciones de cada uno; las aportaciones de los socios en el capital social, entre otros.

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Finalmente, el Instituto modificó la respuesta de la Semar, además le instruyó presentar una versión pública de dicho contrato.

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