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Empresas se amparan tras fallo de la Corte sobre LIE

por | May 7, 2022


Tras la resolución de la Suprema Corte sobre la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) los tribunales han concedido las primeras suspensiones a favor de las empresas. Por lo menos cuatro amparos presentados antes de la discusión de la LIE se han concedido en primera instancia y se espera que continúen con el resto de las solicitudes.

Loa amparos concedidos son a favor de las centrales Ahumada IV Solar, Fotovoltaica de Ahumada, Energía Eléctrica de Chihuahua y Rancho el Trece en donde la sentencia definitiva en todos los casos fue emitida en el juzgado segundo de distrito especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones.

En una discusión que se realizó a principios de abril en la que no se lograron ocho votos para declarar la inconstitucionalidad de la LIE, de igual forma, tampoco se dio la constitucionalidad de la norma, los juzgados y tribunales tienen libre criterio para decidir si resuelven o no las demandas pendientes, mencionó Miguel Mateo, abogado de la firma Hogan Lovells.

«No se alcanzó la mayoría calificada en las disposiciones más sustantivas de la reforma y se archivó, eso quiere decir que los tribunales colegiados de circuito y los juzgados de distrito, que son los que están revisando los amparos que se han interpuesto, tienen plena jurisdicción de decidir cómo van a resolver esos amparos. ¿Qué pueden hacer los jueces y colegiados? Pueden tomar como criterios orientadores los votos de la mayoría simple de la Corte entonces como no se resolvió la constitucionalidad, los jueces lo tendrán que hacer, y las suspensiones otorgadas siguen vigentes«, explicó Mateo.

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La polémica se creó cuando el máximo tribunal desechó, sin discusión los dos recursos que tenía pendientes sobre el tema, una fue la controversia constitucional que presentó la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y la otra del Estado de Colima.

En el primer caso, la Cofece argumentó que las disposiciones de la LIE eran contrarias a los principios de competencia en los mercados de generación y suministro de electricidad, en donde la Corte determinó que no había una afectación al ámbito de competencia de la comisión. Y en el segundo caso alegó que la reforma eléctrica atentaba contra el medio ambiente.

SCP

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