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Emilio Lozoya promueve amparo para evitar ser detenido

por | Ene 26, 2022

José Artemio Zúñiga, juez de control federal en el Reclusorio Norte, decidirá si se modifica la medida cautelar de prisión preventiva justificada.


El exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex) «Emilio Lozoya» Austin promovió un amparo por parte de la Fiscalía General de la República (FGR) en caso de ser liberado hoy del reclusorio Norte.

El juez Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal, Juan Mateo Brieba de Castro fue el encargado de llevar el caso, él admitió a tramite la demanda de garantía, sin embargo, no otorgó alguna suspensión debido a que no lo solicitó el exfuncionario, fijando para el próximo 23 de febrero la celebración de la audiencia constitucional.

Emilio Lozoya buscará la protección contra cualquier orden de detención o privación de la libertad fuera de procedimiento judicial, es decir, por un caso ajeno a los que actualmente enfrenta el exfuncionario, los casos de Odebrecht y Agronitrogenados.

José Artemio Zúñiga, juez de control federal en el Reclusorio Norte, decidirá si se modifica la medida cautelar de prisión preventiva justificada que fue impuesta en noviembre pasado.

La audiencia se celebra en consecuencia de una resolución presentada por la magistrada Isabel Cristina Porras Odriozola titular del Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal, que al analizar el falló del juez detectó contradicciones por lo que ordenó reponer el procedimiento.

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Señalan que se violaron derechos contra Lozoya en caso Odebrecht

De acuerdo a un Tribunal Federal, se violaron los derechos fundamentales de Emilio Lozoya, por lo que ordenó a un juez de control volverse a pronunciar sobre la petición de cambio de medida cautelar que solicitó el exfuncionario.

Isabel Cristina Porras Odriozola señaló que para reparar las violaciones a los derechos del extitular de Pemex, José Artemio Zúñiga tendrá que reponer el procedimiento. La magistrada mencionó que la resolución carecía de debida motivación y congruencia y exhaustividad.

“Carece de debida motivación, congruencia y exhaustividad, en contravención a lo dispuesto por el artículo 16 Constitucional, lo que desde luego impactó en el sentido del fallo”

La magistrada puntualizó que no hay claridad en el fallo y se atenta contra el principio de congruencia, porque en la diligencia se consideró el criterio de oportunidad, pero el juez mencionó que no abordaría el tema, al tratarse de un acuerdo entre las partes.

OACG.

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