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Advierten que Ley Minera viola Acuerdo Transpacífico

por | Abr 27, 2022

Fotografía: Dominik Vanyi / Unsplash

La reforma a la Ley Minera en torno al litio que fue aprobada en el Congreso de México, es violatoria del Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (CPTPP, por sus siglas en inglés) y de otros convenios comerciales, y llegado el momento podría obligar al gobierno de México a indemnizar a las empresas que actualmente cuentan con concesiones en la materia, advirtieron la Comisión de Comercio y Políticas de Inversión, y el Comité de Arbitraje de Inversión de la International Chamber of Commerce México (ICC México).

A través de un comunicado, ambas organizaciones señalaron que “los artículos 9.12 y 10.7 del CPTPP prohíben que las partes modifiquen su marco normativo para introducir restricciones en actividades o sectores que no se reservaron en el Anexo I o II de dicho instrumento”.

En este sentido, México no reservó como actividades al Estado Mexicano la exploración, explotación y aprovechamiento del litio. Del mismo modo, otras disposiciones de este Acuerdo y de los Acuerdos para la Promoción y la Protección Recíproca de las Inversiones (APPRIS) en vigor podrían también haber sido violadas de acuerdo con lo señalado por ambos organismos, lo cual incluiría disposiciones de los APPRIS establecidos con Australia, China y el Reino Unido.

En el comunicado, la ICC México reconoció que el litio, al igual que otros recursos minerales, son patrimonio de la nación, tal como está establecido en el artículo 27 Constitucional.

“Sin embargo, dicho reconocimiento no debe confundirse con el derecho que tienen los inversionistas mexicanos y extranjeros de participar, a través de concesiones, en actividades económicas relacionadas con la exploración, explotación y producción de recursos minerales”, acota la organización.

 México es uno de los 10 principales productores a nivel mundial de 17 diferentes minerales que, al igual que el litio, son propiedad del Estado Mexicano y en los que actualmente participa el sector privado. Dichos metales, de acuerdo con datos de la Secretaría de Economía, son los siguientes: plata, fluorita, celestita, sulfato de sodio, wollastonita, bismuto, molibdeno, plomo, cadmio, sulfato de magnesio, zinc, diatomita, barita, yeso, sal, oro y cobre.

En el mismo sentido, la dependencia asegura que existen concesiones mineras relacionadas con el litio que fueron otorgadas a empresas procedentes de Australia, Canadá, China y el Reino Unido.

 La Ley Minera no contempla ningún tipo de excepción a la declaración de utilidad pública, ni refiere qué pasará con las concesiones vigentes, lo cual, a decir de ambas organizaciones, “resulta preocupante” pues de revocarse o dejarse sin efecto las concesiones otorgadas en este ámbito, “el gobierno de México estaría obligado a indemnizar a los inversionistas conforme a los estatutos del CPTPP y otros acuerdos internacionales vigentes”.

 Tanto la Comisión de Comercio y Políticas de Inversión y el Comité de Arbitraje de Inversión de la International Chamber of Commerce México, se pronunciaron porque el gobierno de México se conduzca de manera congruente en cuanto en relación a los compromisos comerciales internacionales adquiridos.

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