Dude en opinar sobre el accidente de motociclistas en la autopista México – Cuernavaca, ocurrido esta mañana de domingo familiar. Resulta que me tocó estar ahí atorada en el tránsito por horas sin llegar a mi destino como miles de autos que la sufrimos.
Alguien dijo ¿por qué darle tanta importancia al accidente si a los propios motociclistas no les importa su vida ni meter en problemas a los automovilistas que involuntariamente se ven involucrados y se ven sorprendidos por los impactos (Se les embarran)?
En mi experiencia siempre hacen mal uso de esta autopista, su hobby, pasión, deporte o como le nombren, pone en peligro la vida. Son tan insensibles que suben fotos y videos de sus propios compañeros prensados, extremidades en el asfalto y más barbaridades.
Afirman ir jugando carreritas a 250 km por hora.
Les digo la carretera no es su pista. No regulan su velocidad, sus cambios de carril e igualito se portan en la Ciudad convirtiéndose en un malestar diario.
¿Quién es legalmente responsable?
Los riesgos comparativos de andar en motocicleta en lugar de viajar en un asiento como pasajero en un auto son bien conocidos, tienen por muchas más probabilidades de experimentar choques fatales.
Muchas causas impactan, por ejemplo:
·Reconocimiento visual, los conductores no ven la motos.
·Tipo de moto.
·Capacidad de operar su velocidad.
·Estabilidad, los vehículos de dos ruedas oscilan y esto provoca perdida de control.
·Propia carretera que no cumple con estándares.
·Sumen lo grave de ir con pasajero, esto modifica la manera de manejar.
·Los vientos generados por camiones que mueven la moto.
Para determinar la responsabilidad legal, en su mayoría es negligencia que se puede determinar por registros y detalles. De quién es la culpa como en cualquier accidente se basará en pruebas.
El resultado de cada caso dependerá de los hechos y la evidencia del accidente.
Los tribunales pueden considerar que las motocicletas y las demás victimas tienen responsabilidad parcial, el motociclista que conduce a alta velocidad considerada imprudente puede obtener un resarcimiento por daños y prejuicios, incluso si prueba que el conductor no reacciono a tiempo a su presencia para evitar el impacto.
Tendrá que reunir evidencias que sustenten sus argumentos.
Mejor contacten a un abogado calificado en accidentes de motocicleta y descargue su Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales.
Les dejo el artículo 187.
Cualquier persona que al proporcionar a la autoridad de tránsito informes relativos a un accidente de tránsito faltare a la verdad, estará sujeta a las sanciones previstas por la Legislación Penal.
Vamos viendo si habrá autoridad.
SCT urge acciones, no más días caóticos. Ya empiezan a surgir las ideas, pónganles un GPS de velocidad y no los dejen cruzar las casetas.
Operativo carreritas.
Día oficial para lucir su moto, “track day”. Nada más no en Reforma ja ja, sin riesgo a terceros.
Mis condolencias a todos los accidentados.
No reten a la muerte que los alcanza.