El IECM emitirá la convocatoria respectiva en la primera quincena de agosto del presente año, en la que se especificarán los requisitos y el procedimiento para la obtención de una candidatura sin partido.
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Las candidaturas sin partido son figuras consideradas en la ley que permiten a la ciudadanía competir y acceder a un cargo de elección popular sin necesidad de postularse a través de un partido político. Las personas interesadas podrán solicitar su registro como aspirantes a los cargos de Jefatura de Gobierno, Diputaciones al Congreso Local, Alcaldesa o Alcalde (y su planilla de Concejalías).
Toda vez que el cumplimiento de algunos de los requisitos (como los que se enuncian a continuación) requiere de acciones que implican mayor tiempo para su obtención, es importante que la ciudadanía interesada tome las providencias necesarias para contar con ellos:
• Constituir una Asociación Civil, la cual deberá tener el mismo tratamiento que un partido político en el régimen fiscal.
• Dar de alta la Asociación Civil ante el SAT y contar con Registro Federal de Contribuyentes.
• Aperturar una cuenta bancaria, que será utilizada para recibir el financiamiento privado y, en su caso, el financiamiento público.
Una vez que las personas interesadas cumplan con todos los requisitos y obtengan la calidad de aspirantes deberán recabar el número de firmas de apoyo ciudadano que la ley electoral establece como requisito para ser registradas como candidaturas sin partido de acuerdo al cargo al que aspira: (Jefatura de Gobierno: 1% de la Lista Nominal de Electores de toda la Ciudad de México; Diputación: 1% de la Lista Nominal de Electores del Distrito por el que pretenda competir, y Alcaldía: 1% de la Lista Nominal de Electores de la Demarcación respectiva). La fecha de corte de la Lista Nominal de Electores será determinada en la Convocatoria.
Para mayor información, el IECM pone a disposición de la ciudadanía el micrositio: https://www.iecm.mx/www/sites/rutaindi/#, el correo electrónico [email protected], el número telefónico 555483-3800, extensión 4217, y las plataformas de redes sociales institucionales.