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Se regularán los taxis de plataforma y ciclotaxis en la CDMX

por | Sep 8, 2023

Por medio de un decreto se estableció que los prestadores de estos servicios deberán contar con una Constancia de Operación, que será otorgada por la SEMOVI, y para obtenerla deberán cumplir con varios requisitos.


El Gobierno de la Ciudad de México dio a conocer este jueves un decreto en la Gaceta Oficial para regular los servicios de taxis de plataformas y ciclotaxis, con el fin de poder garantizar la seguridad y la calidad de estos servicios para los usuarios.

El decreto señala que los prestadores de estos servicios deberán contar con una Constancia de Operación, que será otorgada por la Secretaría de Movilidad SEMOVI, por lo cual para obtener esta constancia, los prestadores deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Contar con una licencia de conducir vigente.
  2. Tener un vehículo en buen estado y con las condiciones de seguridad necesarias.
  3. Aprobar un curso de capacitación en materia de seguridad vial.
  4. Cumplir con los lineamientos establecidos en el decreto.

También se requiere que los taxis de plataformas cuenten con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, de al menos 50 mil pesos, también deberán portar un distintivo que los identifique como vehículos autorizados.

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Las Constancias de Registro y las Constancias de Registro Vehicular tendrán vigencia de un año a partir de la fecha de expedición, las cuales estas posteriormente podrán renovarse dentro de los treinta días naturales previos a la conclusión de su vigencia, la persona moral titular de la Constancia de Registro deberá cumplir con los pagos establecidos en el Código Fiscal de la Ciudad de México.

En el decreto también se ordena que los ciclotaxis que presten este servicio deberán contar con placa y calcomanía de circulación expedida por la Secretaría de Movilidad y someterse a la revisión documental, inspección física y mecánica del vehículo. Por lo cual las unidades vehiculares para prestar servicio privado vía app, y ciclotaxis, registradas por el Titular de la Constancia de Registro y sus choferes, no podrán:

  1. Realizar base o sitio para la prestación del servicio
     
  2. Utilizar de manera indebida la vía pública
     
  3. Operar un vehículo que preste el Servicio de Transporte de Pasajeros Privado Especializado con Chofer, si la licencia del chofer no fue debidamente registrada durante el proceso de Validación Vehicular
     
  4. Prestar el servicio en motocicletas o en vehículos con matrícula asociada a una concesión vigente para el Servicio de Transporte Público de Pasajeros Individual en la Ciudad de México. 

-DSM

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