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Nuevo Reglamento de Tránsito CDMX, cómo afectaría a los motociclistas

por | Sep 21, 2023

El nuevo Reglamento de Tránsito para la Ciudad de México está a días de entrar en vigor, el cual se centra principalmente en establecer normas para regular el uso de las motocicletas que circulan en las principales avenidas de la capital del país.

Una de las medidas es colocar más señales de tránsito sobre los puntos de mayor incidencia de percances registrados.

Operativo Seguridad Vial Motos-2

A través del dispositivo “Salvando vidas” se han llevado a cabo acciones desde noviembre de 2022, donde se han registrado 93 mil 420 infracciones y han sido remitidas al corralón 37 mil 942 motocicletas.

Pero desde el pasado mes de agosto, las autoridades del gobierno capitalino adelantaron que en septiembre iniciarían las nuevas modificaciones al reglamento de tránsito.

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¿Cuándo entra en vigor y cuáles son las multas para motociclistas?

Ricardo Ruiz, secretario de gobernación de la CDMX, aseguró hace días que el plan para la modificación en la ley de tránsito para motociclistas se logró pensando en los usuarios de las motos, por lo que los tomaron en cuenta para lograr la concientización del uso de la motocicleta para mejorar la educación vial.

“Salgamos juntos a plantearle a la ciudad que hay un acuerdo entre motociclistas, entre organizaciones, entre autoridades para que haya una mayor difusión de lo que es esta forma de transporte; que tengamos conciencia de que la educación es la base para salvar vidas”, sostuvo el funcionario.

¿Qué infracciones son sujetas de llevar la moto al corralón?

Las nuevas modificaciones al Reglamento de Tránsito entrarán en vigor desde este domingo 24 de septiembre. Las disposiciones por las cuales podrían remitir a las motocicletas al corralón son:

Llevar más personas de las que señala la tarjeta de circulación.

No utilizar casco protector diseñado exclusivamente para motociclistas.

Si se lleva a algún acompañante también deberá portar el casco bien abrochado.

Transportar a menores de 12 años que no puedan sujetarse por sí mismos a la motocicleta o estando bien sentados no puedan poner firmemente los pies en los estribos.

Los menores de edad no podrán conducir la motocicleta, aun si cuentan con permiso para conducir vehículos.

Cabe recalcar que las licencias de conducir para motocicletas son las de tipo A1, A2 y permanente, así como las foráneas equivalentes, informó la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México a través de sus cuentas de redes sociales.

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